Ley jurídica
Ley jurídica

A partir del 13 de junio de este año, entra en vigor la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. Recomendamos que si eres profesional del sector comercio, tanto si tu actividad es en la red, como si es en un establecimiento con dirección física, visualices el enlace anterior, para estar informado sobre las modificaciones que pueden afectar a tu actividad comercial. Vamos a resumir los puntos a tener en cuenta en cualquier operación empresa- cliente en una tienda on-line, que bajo nuestro criterio pueden resultarles de interés, aunque dejamos el enlace al texto oficial para que ustedes valoren:

1. Información precontractual

– Antes de que el consumidor quede ligado a cualquier contrato a distancia,  su negocio web debe facilitar al cliente información de forma clara y sencilla acerca del producto a adquirir o servicio prestado, la identidad de su empresa, dirección completa de la misma (teléfono, fax, correo electrónico).

– También se bebe facilitar la dirección a la que el usuario debe dirigir sus reclamaciones.

– Se debe indicar los procedimientos de pago, entrega o ejecución.

Información acerca del derecho de desistimiento, condiciones, plazos y derechos para ejercer el mismo (en caso de no existir información al respecto, legalmente, el tiempo fijado de desistimiento puede variar de 14 días a un año más los 14 días establecidos); existencia de un formulario del mismo, si es a través de su tienda on- line (por correo electrónico) que sea con confirmación de hacer recibido tal solicitud.

En qué casos el usuario deberá hacer frente a los gastos de devolución (importante, ya que su omisión puede repercutir directamente en su negocio).

2. Requisitos formales de los contratos a distancia

– Si el contrato (o factura de venta) implica obligaciones de pago para el consumidor, éste hecho deberá de quedar lo suficientemente claro, de modo que el botón de pago deberá de contener la expresión «pedido con obligación de pago» u otra expresión que no pueda provocar ninguna duda a su cliente.

– Se deberá facilitar al consumidor la confirmación del contrato celebrado.

– Se deberá facilitar al consumidor factura de compra realizada en soporte físico (papel) y en caso de realizarse por soporte electrónico, debe obtener el permiso del mismo, por ejemplo dar la opción en su tienda on-line de que su cliente pueda elegir recibir la factura por correo ordinario o  por e-mail.

Existen otros puntos de interés en el texto como pueden ser atención al cliente, horario de llamadas telefónicas (de 9:00 a 21:00 horas días laborales)… Para el buen funcionamiento de su negocio, mantenerse informado es una obligación que influirá positivamente  en sus posteriores ventas.